El Tribunal Supremo condena a una empresa que utilizó la marca Zara para publicitar sus servicios 26 de abril de 2024 Jurisprudencia ZARA Dicho uso ilegítimo supone un aprovechamiento indebido del carácter distintivo o de la notoriedad de la marca. La demandada se ha aprovechado del renombre de la entidad, de su poder de atracción, así como de su reputación y prestigio
El TSJ de Madrid deja sin efecto la inscripción de una marca de vinos de Barcelona por el uso de la palabra Mediterranean 02 de agosto de 2019 Jurisprudencia MARCAS Y PATENTES Considera que puede propiciar error en los consumidores en relación con la Indicación Geográfica Protegida y la Denominación de Origen.
Una sentencia condena a un ciberokupa que se apropió del dominio web de un despacho de abogados 03 de julio de 2019 Jurisprudencia CIBEROKUPACIÓN El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia da la razón al Despacho Aboga2, quienes habían registrado la marca de mismo nombre, pero no podían crear la web aboga2.es al estar ya registrada por otra entidad.
Aprobada la modificación del Reglamento para la ejecución de la Ley de Marcas 30 de abril de 2019 Noticias LEGISLACIÓN Se definen los nuevos tipos de marcas ?de movimiento, multimedia, holograma, sonoras? surgidos como consecuencia de la supresión del requisito de la representación gráfica del signo. Se regula, dentro del procedimiento de oposición, la prueba de uso de la marca oponente y, en un nuevo título, los procedimientos de nulidad y caducidad de marcas.
El CGPJ aprueba el informe sobre el Anteproyecto de reforma de la Ley de Marcas 28 de septiembre de 2018 Noticias Patentes y marcas El texto propone que los órganos especializados de la jurisdicción civil asuman la competencia para revisar el nuevo procedimiento administrativo de nulidad y caducidad de las marcas, que actualmente recae en el orden contencioso.
Desestimados los recursos de Nestlé contra la ONCE por usar la marca "Sueldo de tu vida" 27 de septiembre de 2018 Jurisprudencia Ley de Marcas El Tribunal Supremo explica que para apreciar la existencia o no de vínculo entre las marcas se ha de atender a la naturaleza de los productos o servicios para los que se registraron las marcas en conflicto y a la existencia de un riesgo de confusión por parte del público consumidor.